¿Por qué demandar al Estado la implementación de políticas públicas que incidan en oportunidades diversas para los jóvenes?
Porque precisamente el censo de población y vivienda realizado el año 2001 por el Instituto Nacional de Estadística (INE), estableció una cifra de 2,265.214 jóvenes en el país en un rango de 15 a 29 años de edad; dato que representa el 26% del total de la población en Bolivia, que por el amplio segmento de población de este componente en la sociedad y ante la ausencia de liderazgos no se puede dejar sin atender.
Jóvenes que se piensa deberían constituirse en sujetos clave para el desarrollo e impulso de la administración del Estado, la democracia, y el país. Es un deber posibilitar políticas públicas que identifiquen y proyecten espacios para la interrelación, interacción, y participación generacional en diferentes escenarios de la composición de la estructura estatal. El establecer la participación de los jóvenes en la dinámica del Estado sería un aporte fundamental para la práctica de inclusión en y para la gestión pública misma de este conglomerado. El fomento, la movilización y la participación activa en la vida pública de este gran componente poblacional valoraría e impulsaría el futuro de liderazgos nuevos que transiten hacia una nueva sociedad.
La incidencia política en la población joven podría ser la línea para cambiar el rumbo de los caminos que conducen a fines no apropiados (que destruyen y dañan a la juventud). La importancia radica en disminuir paulatinamente la carencia de oportunidades; de posibilitar mayor visibilización del entramado y problemática joven en la sociedad desde una perspectiva propositiva; además de fomentar e incentivar vías de acceso a los diferentes espacios de dominio público posibilitándoles ser líderes en el sentido a la transformación que vive el país…
La incidencia política en la población joven podría ser la línea para cambiar el rumbo de los caminos que conducen a fines no apropiados (que destruyen y dañan a la juventud). La importancia radica en disminuir paulatinamente la carencia de oportunidades; de posibilitar mayor visibilización del entramado y problemática joven en la sociedad desde una perspectiva propositiva; además de fomentar e incentivar vías de acceso a los diferentes espacios de dominio público posibilitándoles ser líderes en el sentido a la transformación que vive el país…
Consiguientemente y en prospección a una mejor y mayor apertura de los espacios democráticos, el incentivar la experiencia en la cosa pública haría contundentemente más sostenible el proceso de cambio que vive el país, además de motivarlos a éstos a participar, dialogar, instruirse, deliberar y prever un futuro (su futuro) e intervenir en el destino del país...
La contingencia, la imaginación, y la creatividad para posibilitar e incentivar políticas públicas desde el Estado hacia los jóvenes podría convertirse en el camino que lleve a la construcción de escenarios que promuevan la inclusión participativa generacional; la integración cultural; los encuentros de visiones y pensamientos otros que aprendan a aprender desde temprana edad; además de compartir posturas, criticarlas, disentir, crear doctrinas, pensamientos, y, esencialmente, sentimiento de pertenencia al país. Quizá así podríamos soñar en diseñar y construir una nueva sociedad en práctica de interculturalidad…
Y, ¿para qué intervenir en este grupo poblacional?
Para informar y hacer conocer sus y los derechos constitucionales a los jóvenes en contenido integral, así como también sus deberes, obligaciones, garantías, responsabilidades, y posibilidades para una participación futura en y desde la estructura del marco y espacio estatal; fines que generarían una sociedad mejor preparada para los desafíos que le esperan al país, y para lo que acontecerá en el mundo de la actualidad.
La construcción de una política pública para centrar confianza en los jóvenes hacia el Estado y en la sociedad misma podría ser el medio adecuado para establecer el orden y la facultad de ejercicio en y de sus derechos.
La construcción de una política pública para centrar confianza en los jóvenes hacia el Estado y en la sociedad misma podría ser el medio adecuado para establecer el orden y la facultad de ejercicio en y de sus derechos.
Y en complemento a los mismos... la difusión, formación, y estimulación pedagógica de las políticas públicas será factor imprescindible para que se atienda el valor de sus perspectivas; en tanto a ello la importancia de incidir en las verdaderas necesidades que presentan los jóvenes en el campo laboral, social, económico, político, cultural, educativo, de integración, de fomento y de oportunidad... o de incentivo para la participación, administración, y práctica del funcionamiento estatal, público y/o privado; proyección que puede ser logro para que se hagan actores clave en el proceso de construcción de una ciudadanía diferente.
Además en consecución y compromiso con la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional que en el artículo 59, inciso 5, señala y “garantiza la protección, promoción y activa participación de los jóvenes en el desarrollo productivo, político, social, económico, y cultural, sin discriminación alguna de acuerdo con la ley”. En adscripción a ese enunciado constitucional explícito que ampara integralmente la acción y participación civil de los jóvenes en el proceso de transformación del país... y garantiza la intervención de este conglomerado... – se prevé la necesidad de mediar – ...
En tal sentido habría que preguntarse: ¿cuál es la ley que evalúa a los jóvenes en la idea... "sin discriminación alguna de acuerdo a ley"?...
En tal sentido habría que preguntarse: ¿cuál es la ley que evalúa a los jóvenes en la idea... "sin discriminación alguna de acuerdo a ley"?...
Si pensamos en develar los derechos sin discriminación alguna tendríamos primeramente que revisar la 'Ley de Juventudes', y, para cumplir tal efecto, se deberá esperar si esa enunciación está en ella... ya que esta ley debía promulgarse el 21 de septiembre del 2010, y, sin justificación alguna, hasta ahora no se lo hizo...
Y al pensar que si se tendría que revisar el 'Plan Nacional de la Juventud'. .. en el Viceministerio de Igualdad de Oportunidades señalan que todavía ese trabajo no está realizado...
La única opción clara, debido a la insuficiente información sobre el tema, es revisar el D.S. 25290 que a título establece los "Derechos y Deberes de la Juventud en Bolivia" y que para su fin justifica y garantiza el ejercicio de los mismos a los jóvenes entre los 19 a 26 años... por lo que no encontramos nada relevante en este decreto supremo que facilite la interpretación o la lectura: "sin discriminación alguna de acuerdo a ley"... por lo que se asume que estará en el plan o ley que falta promulgar...
En comprensión a lo expuesto y en base a una observación plenamente empírica, se advierte un insuficiente planteamiento de políticas públicas hacia los jóvenes que validen su derecho, ejercicio, y viabilidad para el acceso a los planes de desarrollo... tal y como garantiza el artículo 59 de la Constitución Política del Estado Plurinacional.
Entonces una pregunta queda en el vacío: ¿es necesario intervenir?
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